Autoridad Garante en materia de transparencia

A partir de la reforma del 16 de septiembre de 2025, la autoridad garante en materia de transparencia y acceso a la información pública para los sujetos obligados de la Administración Pública Estatal y Municipal en Baja California es Transparencia para el Pueblo, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado (Art. 3 fracciones IV y XXI; Transitorio Noveno LTAIPBC). Sustituye al anterior Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California (ITAIPBC).

Identificación de la Autoridad Garante

Datos oficiales de Transparencia para el Pueblo conforme a la LTAIPBC vigente.

DatoValor
Nombre oficialTransparencia para el Pueblo (TPP)
AdscripciónÓrgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno del Estado de Baja California
Fundamento de creaciónArts. 3-IV, 3-XXI y Transitorios Séptimo a Noveno de la LTAIPBC (POE No. 56, 16/09/2025)
Atribución principalConocer recursos de revisión, denuncias por incumplimiento y verificación virtual de portales de sujetos obligados

Domicilios oficiales

Oficinas de Transparencia para el Pueblo en el Estado de Baja California.

Oficina Central — Mexicali

Av. Álvaro Obregón y Calle México #599, Primera Sección, C.P. 21100, Mexicali, B.C.
(686) 555-4920 · 555-4921 · 555-4922

Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno

Edificio del Poder Ejecutivo, 4° piso, Calzada Independencia No. 994, Centro Cívico, C.P. 21000, Mexicali, B.C.
(686) 558-1135

Oficina Regional — Tijuana

Blvd. Aguacaliente No. 21939, Fraccionamiento El Paraíso, C.P. 22160, Tijuana, B.C.
(664) 979-2920 · 979-2926

Oficina Regional — Ensenada

Centro de Gobierno del Estado, segundo piso, Carretera Transpeninsular Ensenada-La Paz No. 6500, Ex-Ejido Chapultepec, Ensenada, B.C.
(646) 172-3034

Cómo presentar una solicitud

📩 Canales de Presentación (Art. 119) — El solicitante puede elegir cualquiera de estas vías:

Plataforma Nacional de Transparencia (PNT)

La vía preferente y más rápida para presentar una solicitud.

Correo Electrónico

Dirigido a la cuenta oficial de la Unidad de Transparencia:

[email protected]

Presencial

Mediante escrito libre o los formatos que la UT debe tener disponibles en sus oficinas:

Calzada de los Insurgentes S/N, Centro, Tecate, B.C. C.P. 21400

Lunes a viernes, 08:00 am a 3:00 pm hrs.

Correo Postal o Mensajería

Con acuse de recibo.

Calzada de los Insurgentes S/N, Centro, Tecate, B.C. C.P. 21400

Plazo de respuesta 20 días hábiles a partir de la recepción (Art. 66)

Prórroga de 10 días adicionales (Arts. 66–89): En casos complejos, el plazo de respuesta es ampliable por 10 días más, previa notificación al solicitante.

Cómo presentar una denuncia ciudadana

Art. 72 LTAIPBC — Cualquier persona puede denunciar la falta de publicación de las obligaciones de los Arts. 55 a 66 LTAIPBC. No se requiere trámite previo y la denuncia es gratuita.

Cualquier persona puede denunciar ante la Autoridad Garante la falta de publicación de las obligaciones de los Arts. 55 a 66 LTAIPBC en cualquier momento. No se requiere trámite previo y la denuncia es gratuita.

Pasos para denunciar

PasoAcciónPlazo
1Identifica la obligación incumplida (artículo y fracción de la LTAIPBC)
2Reúne evidencia: capturas del portal, fecha y URL específica
3Presenta tu denuncia por uno de estos medios: Plataforma Nacional de Transparencia, correo electrónico o escrito en oficinas de TPP
4La Autoridad Garante emite dictamen20 días (Art. 71)
5El sujeto obligado subsana20 días (Art. 71)
6De no subsanar, la Autoridad Garante notifica al superior jerárquico e impone sanciones10 + 5 días adicionales (Art. 71-22)

Presentar denuncia en línea

Plataforma Nacional de Transparencia — Acceso directo al sistema de denuncias ciudadanas.

Recurso de revisión

Si presentaste una solicitud de información y la respuesta fue negativa, incompleta o no la recibiste en tiempo.

¿Cuándo puedo interponer un recurso?

Si presentaste una solicitud de información al Municipio de Tecate y la respuesta fue negativa, incompleta o no la recibiste en tiempo, puedes interponer Recurso de Revisión ante Transparencia para el Pueblo en un plazo de 15 días hábiles posteriores a la respuesta o al vencimiento del plazo (Arts. 91 y siguientes LTAIPBC).

En línea

Plataforma Nacional de Transparencia

Presencial

En cualquier oficina de Transparencia para el Pueblo

Por correo

Escrito dirigido a las oficinas de TPP

Sujeto obligado responsable de esta publicación: Ayuntamiento de Tecate, B.C.

Fundamento legal: Art. 3-IV, Art. 3-XXI, Art. 36, Art. 70, Art. 71 y Art. 72 LTAIPBC.

Última actualización: 20 de abril de 2026 | Fuente de datos de contacto: Directorio oficial de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno BC, abril 2026.